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El Abogado General del TJUE considera que la plataforma electrónica Uber pertenece al ámbito del transporte

El Abogado General del TJUE considera que la plataforma electrónica Uber, a pesar de ser un concepto innovador, pertenece al ámbito del transporte, de modo que puede obligarse a Uber a disponer de las licencias y autorizaciones requeridas por el Derecho nacional.

La actividad de Uber no está regulada por el principio de libre prestación de servicios en el marco de los «servicios de la sociedad de la información» y que, por lo tanto, está sometida a las condiciones exigidas a los transportistas no residentes para poder prestar servicios de transportes en un Estado miembro 3 (en este caso, disponer de las licencias y autorizaciones previstas por el Reglamento Metropolitano del Taxi de Barcelona).

 

Fuente: Síntesis diaria

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